¿EXISTE EL CONCURSO DE ACREEDORES EXPRESS?
Publicado de Prensa en DERECHO MERCANTIL · Viernes 24 Abr 2020
El momento actual requiere de mecanismos rapidos que no entorpezcan la economía mas aún
En abogadoline conocemos la actual Ley Concursal la cual permite articular mecanismos de liquidación de una forma rapida de sociedades insolventes por causa objetivas, sin que ello suponga un punto final a la iniciativa empresarial futura de quien se ha trabajado el ser un buen emprendedor y empresario.
“Cuando una empresa es insolvente y no puede hacer frente al pago de sus obligaciones de manera generalizada, está obligada presentar concurso de acreedores, de lo contrario, además de incurrir en responsabilidad, estaría expuesto a que un acreedor pueda instar un concurso necesario a su empresa. Teniendo en cuenta la realidad actual, cobra especial sentido la figura prevista del artículo 176 bis.4 de la Ley Concursal, que prevé para empresas carentes de activos realizables articular el conocido como concurso de acreedores exprés” comentan desde este despacho de abogados.
¿Qué es un concurso de acreedores exprés?
Es un concurso de acreedores que se declara y concluye en el mismo acto por insuficiencia de bienes de la empresa.
En estos casos no se nombra a un Administrador Concursal, sino que la empresa se extingue de manera inmediata, teniendo exactamente los mismos efectos que si fuese un concurso de acreedores ordinario.
“Para que sea posible la aplicación será necesario ademas que que no haya sufieicnete activo que se analicen las posibles responsabilidades de la administración y será el juez quien decida si es posible la tramitación de este procedimiento excepcional"
¿Que tipo de empresas pueden beneficiarse de este tipo de procedimiento?
Podrán benediciarse las empresas que carezcan de patrimonio o este sea residual
“Hay que tener en cuenta que si la empresa no tiene patrimonio es previsible que sea capaz de hacer frente a los gastos de un concurso ordinario, por lo que sería ineficaz poner la marcha judicial de un procedimiento tan costoso cuando no existen bienes que liquidar."
Lo que si se considera omprescindible es la buena fe del empresario, analizando si exsten responsabilidades por parte de este, no debiendose detectar irregularidades por parte de este que pudieran derivarse en una accion de reintegrción, impugnación o responsabilidad., es por ello que es muy importante acreditar la labor diligente por parte del administrador, .
¿Qué efectos tiene para un empresario?
Los efectos de un concurso de acreedores exprés para un administrador social no difieren respecto a los de un concurso de acreedores ordinario:
- Evita incurrir en responsabilidad por el estado de insolvencia, cumpliendo con la obligación legal de declarar concurso de acreedores.
- Agilización del procedimiento de insolvencia. Se evita un procedimiento judicial largo y tortuoso, compuesto por diferentes fases y que tiene su lógica para empresas con cierta estructura patrimonial.
- Descongestionamiento del sistema judicial. La conclusión de expedientes judiciales de manera rápida genera un ahorro de costes públicos y privados.
- Facilita el reciclaje de empresarios, no estigmatizándoles para el futuro.
¿Podria el empresario montar otra empresa?
El empresario podrá iniciar una nueva actividad empresarial sin problema alguno, al igual que ocurre cuando un concurso ordinario es calificado como fortuito. Respecto a los de derechos y obligaciones que la Ley Concursal y la Ley de Sociedades de Capital establecen a los administradores sociales estos se mantienen inalterados.